Una colisión en una autopista con niebla que generó culpa concurrenteUn interesante caso resulta este en el cual la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de San Martín (Provincia de Buenos Aires) analizó la existencia de culpa concurrente y los grados de la misma en un accidente ocurrido en una autopista en situación de niebla.
Modificando el pronunciamiento de primera instancia los magistrados elevaron la indemnización que debía afrontar -aunque reduciendo su porcentaje de responsabilidad en el hecho- de una empresa de transporte de pasajeros y su aseguradora, por haber colisionado a otro vehículo cuyo conductor lo había dejado imprudentemente en un carril central de la traza, lo cual terminó ocasionando la muerte de mismo y heridas graves a su acompañante.
En opinión de los jueces había sido más gravitante en el hecho la imprudencia del conductor del vehículo que el accionar del conductor del de transporte de pasajeros, quien de todas formas tenía un grado de responsabilidad por cuanto habría tenido que actuar con mayor precaución tratándose de una situación de niebla y escasa visibilidad
Afirmaron los magistrados “Si en grado mayor la causa fuente eficiente de la tremenda colisión, sin duda radica en la irregular, incomprensible y temeraria detención de un vehículo, cuando podía circular, en una zona de máximo peligro, como lo es el eje central de una autopista de tránsito rápido, también, aunque en menor grado, coparticipa la imprudente velocidad llevada por un micro de pasajeros, una mañana de neblina, cuyo chofer debía conocer el riesgo creado, no sólo por la profesionalidad en la conducción que cabe exigir a quien está al comando de un vehículo de mayor envergadura, de transporte de pasajeros, sino también por el conocimiento que tiene del itinerario que cotidianamente recorre en unidades, a su cargo, de la línea de transporte de la que depende.”
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