viernes, 30 de agosto de 2013

Validez del seguro de caución como sustitución de una medida cautelar

Importante pronunciamiento de la Justicia Comercial

Según información emanada del portal Abogados.com.ar, la Justicia Comercial interpretó cuándo corresponde tener por cumplida la prestación de una contracautela mediante una póliza de seguro de caución.

Tras remarcar que la póliza del seguro de caución acompañada por los actores en el expediente principal comprendía en su totalidad la suma fijada como contracautela, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó la resolución que había tenido por cumplida la prestación de la contracautela fijada.

En los autos caratulados "Jeifetz Tali y otros c/Gda SA s/ordinario (ext de quiebra) s/incidente de apelación art. 250 cpr", el codemandado C. S. apeló la decisión del juez de primera instancia que tuvo por cumplida la prestación de la contracautela fijada en la resolución de la Sala D.

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