viernes, 13 de mayo de 2011

EL RECHAZO INJUSTIFICADO PROVOCA DAÑO MORAL

Según la Justicia en lo Comercial
La Sala C de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial analizó un caso en el cual los propietarios de un camión robado reclamaban la debida indemnización más los daños y perjuicios (daño moral y privación de uso) ante el injustificado rechazo del siniestro por parte de su aseguradora.
La compañía, por su parte, sostenía que la cobertura se hallaba suspendida por falta de pago (los actores abonaron su cuota en tiempo y forma, pero la misma fue rendida tardíamente por el productor).
El fallo de primera instancia condenó a la aseguradora a pagar exclusivamente la indemnización del valor del camión siniestrado, rechazando los restantes rubros. La Cámara modificó dicho fallo y amplió la condena reconociendo el daño moral y la privación de uso como consecuencia de la injustificada falta de pago en tiempo y forma del siniestro.
Para decidir de esa forma, entendieron los magistrados en referencia al reclamo por daño moral que "esa desaprensiva actitud en que incurrió la demandada -que se prolongó a lo largo de este añoso litigio- fue susceptible de causar a los actores, conscientes ellos de haber cumplido, angustia, malestar y padecimientos emocionales que fueron mucho más allá de la simple molestia derivada de un mero incumplimiento".
Respecto a la privación de uso del vehículo señalaron: “La imposibilidad de utilización del rodado ocasiona a su usuario un daño que es resarcible, pues resulta evidente que todo vehículo, por su propia naturaleza, aparece destinado a su uso, presumiéndose que quien lo utiliza lo hace para satisfacer una necesidad tanto laborativa como en el caso, y también de mero esparcimiento.”

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