sábado, 29 de septiembre de 2012

Médica condenada

Por mala praxis en una intervención que fue considerada innecesaria
 
La Cámara Civil ratificó la condena por mala praxis contra una médica que sometió a una paciente a una operación de lipoaspiración, "tratamiento que no era adecuado para una paciente que presentaba un importante territorio cutáneo celulítico".

La Sala L de la Cámara condenó a la médica por "aceptar u ofrecer realizar una lipoaspiración secundaria con la probabilidad seria de no obtener buenos resultados y por no haber informado debidamente los riesgos ciertos señalados por el perito".

Con esa conducta, privó a la paciente "de la posibilidad de decidir afrontar la cirugía con pleno conocimiento de los riesgos de resultados negativos", resume el fallo.

El tribunal cuantificó el resarcimiento económico en 25 mil pesos por "daño psíquico", 9.600 por "tratamiento psicológico futuro" y 20 mil por "daño moral", además de "fijar en concepto de gastos de tratamiento psicológico pasados la suma de 10 mil y establecer los intereses".

La intervención. La intervención estética fue realizada el 11 de mayo de 2007 en la Clínica de la Sagrada Familia, pero la paciente "sostuvo que ya en el postoperatorio fue notable el fracaso de la operación y el severo daño estético que le causara, por haberle quedado un hueco de considerables proporciones en el muslo".

"Para que una lipoaspiración ofrezca buenos resultados es necesario que la piel sea sana y elástica para que tenga la capacidad de retraerse después de la cirugía. La lipoaspiración quita sólo grasa, por tanto no puede eliminar irregularidades de la piel, conocidas como celulitis", resumió el fallo citando un informe pericial médico.

"Lo reprochable a la actitud es que la profesional hubiera aceptado realizar a la actora la cirugía denominada "lipoaspiración secundaria", pese a que, dadas sus características, no era esperable un buen resultado estético, cuando éste era precisamente la finalidad perseguida por la paciente. Más si se aprecia que anteriormente había sido intervenida quirúrgicamente por el mismo tema y no contenta con el resultado, consultó a la demandada, circunstancia conocida por ella", añadió la sentencia.

"La médica no podía prometer un "resultado feliz", pero aun descartando que ello hubiera ocurrido, lo determinante en la solución del caso es que aquí ya no se discute si la cirugía cumplió con la finalidad de embellecimiento que la actora esperaba, sino que se reclamó porque luego de la cirugía quedó en su muslo izquierdo un "hundimiento", resultado que era previsible en razón de los antecedentes", complementó.

Poca información. Para el tribunal fue determinante "la insuficiencia de información en el instrumento mediante el que la paciente prestó su consentimiento para que se realizara la operación y el resultado negativo de esta última que según el perito era previsible".

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