sábado, 25 de agosto de 2012

Los plazos están para cumplirse

La Justicia convalidó un rechazo de siniestro por denuncia fuera de término
 
Al confirmar un fallo de primera instancia la Justicia en lo Comercial convalidó el rechazo de un siniestro de robo automotor por haber sido denunciado en forma tardía.

En el caso una persona que sufrió el robo de su vehículo denunció el hecho a su aseguradora siete días después de acontecido, por lo cual la compañía rechazó el siniestro por denuncia extemporánea. El reclamante adujo en el pleito que la demora había obedecido a encontrarse en "estado de shock", por lo traumático del suceso.

Sin embargo ni el juez de primera instancia ni los magistrados integrantes de la Sala "A" de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial encontraron sustento es dicha afirmación, toda vez que el estado emocional grave no había sido acreditado en la causa (el asegurado sí había estado en condiciones para realizar la denuncia policial pertinente en forma inmediata) y en consecuencia no se estaba frente a "un supuesto de caso fortuito, fuerza mayor o en una imposibilidad de hecho no imputable al quejoso, únicas eximentes previstas en la mencionada ley (art. 47, LS).”

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